Regalías: El precio del tesoro

En los próximos días el Tribunal Constitucional (TC) decidirá sobre la legalidad de regalías. Varias empresas mineras, entre ellas Southern y Buenaventura, sostienen que la aplicación es inconstitucional porque ahuyenta inversiones. Olvidan que las regalías son legítimas en tanto gravan la explotación de recursos naturales no renovables.

A diferencia de un agricultor, cuyos productos son sembrados y cosechados con esfuerzo propio, la extracción de minerales es una explotación. La empresa minera también invierte mano de obra, pero el recurso ya existe y no puede ser reemplazado.

Un área de explotación no es propiedad de la empresa minera, es un bien público. El estado concede una licencia de explotación, no por simpatía con la empresa, sino porque espera un beneficio para el bien común. Al extraer, procesar y vender los minerales, la empresa minera crea riquezas que, a través de impuestos y puestos de trabajo, benefician al país. También el agricultor paga impuestos. El gravámen adicional que la empresa minera paga por explotar recursos naturales no renovables es la regalía.

La Sociedad de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) argumenta que, con la aplicación de regalías, las ganancias empresariales se ven reducidas de tal forma que la explotación de recursos pierde su atractivo:

Las regalías deteriorarán la competitividad del sector minero peruano, con lo cual se estaría promoviendo que las nuevas inversiones se dirijan a otros países cuyos esquemas tributarios sean más atractivos, como por ejemplo Chile, etc. No es suficiente para nuestro país el contar con una geología atractiva, ya que otras naciones también la tienen y compiten con nosotros para atraer inversiones mineras a sus territorios. Para desarrollar nuevos proyectos en el mundo existe un monto limitado de fondos de inversión, que naturalmente acudirán a los países que ofrezcan mayores ventajas en conjunto. ( http://www.snmpe.org.pe/pdfs/RegaliasMineras.pdf)

Además, la SNMP sostiene que la aplicación de regalías es insensata, pues grava las extracciones con un monto fijo, es decir, sin tomar en cuenta la demanda en el mercado internacional. En otras palabras, las empresas mineras no están protejidas ante una eventual caída de precios. Pero como señala el economista Humberto Campodónico, éste argumento no cuestiona las regalías en general, sino la forma en que se aplican. Sería cuestión de hacer las modificaciones correspondientes.

Sostener, en cambio, que las regalías mineras terminarán asfixiando las inversiones sí constituye un rechazo fundamental. Más que un rechazo es una advertencia: Si no se eliminan las regalías ya no invertiremos en el Perú.

La voz de alarma de la SNMP parece responder más a intereses propios que a cálculos realistas. La Ley de Regalías Mineras fue aprobada en junio del 2004. Desde entonces, varias empresas mineras han firmado contratos de explotación con el estado. Entre ellas, la canadiense Barrick que explota la mina Alto Chicama y la suiza XStrata que opera en Las Bambas. ¿Por qué habrían de firmar si, según la SNMP, las regalías restan todo atractivo?

Es de esperar que el Tribunal Constitucional ratifique, aunque con modificaciones, la Ley de Regalías Mineras. Gravar la explotación de recursos naturales no renovables es una práctica perfectamente justificada. Los recursos naturales son bien común. Las ganancias de las regalías, por cierto, van a las regiones donde operan las mineras. Es así que la aplicación de regalías está generando una importante contribución a la descentralización de recursos. Derogar las regalías priorizaría intereses empresariales antes que bien común.

Por Evaristo Pentierra

16 thoughts on “Regalías: El precio del tesoro

  1. señores peru politico, me gustaria que tambien se desarrolle el tema de regalias petroleras. si fuese posible agradeceria tambien se hiciese un análisis constitucional del mismo. muchas gracias

  2. CREO QUE LAS COMPAÍAS MINERAS DEBEN CUMPLIR CON SU RESPONSABILIDAD SOCIAL INDEPENDIENTEMENTE DE PAGAR EL IMPUESTO QUE CORRESPONDE POR TRATARSE DE CECURSOS NO RENOVABLES CASO CONTRARIO DEBE ACTUALIZARSE NUESTRA LEGISLACIÓN APLICANDO EL PRINCIPIO “SOCIETAS DELINQUERE POTEST” COMO YA ES APLICADO EN MUCHOS PAISES.

  3. Las Regalias mineras no son tributos , son a la explotación de recursos no renovables(recurso que se extrae por unica vez), y por ese recurso (recurso de todos los peruanos)se debe pagar.
    las regalias existen en los Estados Unidos, Canada, y otros paises ,

  4. Hay muchas empresas mineras que no asignan las regalias tal como debe ser, para eso, cuales son las reglas o normas para poder aveiguarse al respecto, en todo caso a que Orgàno competente le corresponde esa informaciòn.

  5. Yo creo que la regalía minera es necesaria, porque su fin es el bien común. Es dinero que se invierte en hospitales, caminos, energía eléctrica. Es quitarle un pelo más a las ganancias de las empresas mineras.
    Sólo que el común de la gente no debate el tema. La cosa parece encerrarse entre técnicos y entendedores no más.
    Es necesario que la población reflexione sobre esto y diga su palabra.
    Eso es lo que pasa aquí en mi país Bolivia.
    Yo también quiero una aclaración sobre la firma de contratos que hicieron las empresas mineras con el Estado peruano, luego de la aprobación de la regalía minera.

  6. hola mucho gusto, por favor quiero que me resuelvan unas preguntas
    1) la prohibicion que establece la constitucion politica del peru para los extranjeros de no aquirir concesiones mineras dentro de los 50 kilometro si o no porq
    2)cual es la estructura gerarquica de los organos administrativos de los hidrocarburos y energias
    3)las regalias mineras son un tributo si o no porq
    4)que conflictos socio ambientales se an dado en el peru
    5)que proyecto de ley se biene discutiendo actualmente en el congreso del peru respecto de mineria comentario y criticas
    6)que diferencias existe entre derecho de vigencia finalidad comun minera y reglas mineras
    7)que metodos de interpretacion se debe utilizar en el derecho minero, teniendo en cuenta que se trata de una rama especial del derecho.

    AGRADESCO DE PRONTO LAS PREGUNTAS ABSUELTAS

  7. La regalía no es un tributo o impuesto a la ganancia ni un nuevo derecho de vigencia, sino una compensación que se paga al Estado (a los ciudadanos del país) por el acceso a un recurso NO RENOVABLE. Por eso mismo, en la propuesta de ley original, se aplica la regalía al valor bruto de la producción y no al de las ventas o a la ganancia.

  8. yukgydctyv8uiko.knjyghhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh babosos

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  10. nosotros estamos a favor de que informe mas a la poblacion en cuanto a las regalias mineras ya que por derecho ,porque la extraccion de recursos de minerales no es renovable , se extrae del suelo y en un momento dado se acabara pero quedara los residuos contaminantes por ello este dinero de regalias se deberia invertir en nuevas tecnologias para obtener recursos renovable por ejemplo los proyectos de energia solar.gracias

  11. La actividad minera y petrolera en los años 2001-2009 han tenido sobreganancias, cuanto ha ganado el Perú en impuesto a la renta por esas sobre ganancias, NADA ABSOLUTAMENTE NADA, por la gran mayoría de ellos no pagan impuesto a la renta por un contrato ley que les beneficia el no pago de impuestos. Las regalías es una retribución a la extracción de los minerales y el petroleo; empero, nadie conoce que contienen los contratos leyes que firmó el Perú, ni las condiciones de las misms
    VICTOR RAUL

  12. Las empresas transnacionales como shouther Peru realizan proyectos muy interesantes pero ficticios con la sobreganacias ya que todo esto se lo guardan para ellos dejando as la poblacion en miseria y ruina atte. Marcela desde la localidad de huaytire-Tacna

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