El impuesto a las sobreganancias mineras

Cuando Alan García se lanzó a su segunda presidencia, prometió la creación de un impuesto a las sobreganancias de las empresas mineras. Una vez elegido, el APRA optó por otro camino y negoció una contribución voluntaria de las mineras (el óbolo minero).

Para esta campaña electoral, el tema de los impuestos mineros ha vuelto a surgir. El partido de Ollanta Humala, Gana Perú, tiene el impuesto a las sobreganancias mineras entre sus promesas electorales. Otros partidos reconocen la necesidad de cambiar la legislación tributaria: El plan de gobierno de Luis Castañeda critica a las regalías mineras por no estar “en función directa de las cotizaciones internacionales” (fuente: aquí). Perú Posible, por su parte, propone “negociar con las empresas mineras con estabilidad tributaria la aplicación de una mayor contribución al Estado por las ganancias extraordinarias” (fuente: aquí).

La actualidad del tema se entiende si tomamos en cuenta que los precios de los minerales están por las nubes y no hay señal de un declive próximo. Los detractores del impuesto a las sobreganacias argumentan que éste es innecesario y perjudicial para el clima de inversión. Pero preguntemos, para empezar, ¿qué es el impuesto a la sobreganancia?

En la actualidad, las empresas mineras comparten sus ganancias con el Estado a través del Impuesto a la Renta (actualmente 30%). De este 30%, la mitad va al gobierno central y la otra mitad a las regiones y localidades donde operan las empresas mineras (este aporte regional se llama canon minero). Manuel Rodríguez Cuadros, candidato presidencial de Fuerza Social, ha propuesto elevar el Impuesto a la Renta al 35% para el sector minero.

Además del Impuesto a la Renta, está el óbolo minero acordado entre el Estado y las empresas mineras en el año 2006. Se trata de un aporte voluntario, en el orden de aproximadamente 500 millones de soles anuales, el cual es destinado al Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo. Este programa se subdivide en más de 100 fondos regionales y locales, cada uno de los cuales tiene una Comisión Técnica de Coordinación encargada de elegir los proyectos en los cuales invertir el dinero (fuente: presione aquí).

No se puede decir que el óbolo sea un éxito: Del dinero aportado, sólo poco más de la mitad ha podido ser ejecutado en proyectos de inversión (fuente: La República). El resto es capital inútil que duerme en las cuentas bancarias. Además, las comisiones técnicas encargadas de la ejecución carecen de plena legitimidad democrática, pues están conformadas por representantes de las empresas mineras, de la sociedad civil y por autoridades políticas locales. A pesar de estos problemas, el gobierno acaba de prorrogar el óbolo minero hasta el año 2015.

Finalmente, están las contribuciones de las empresas mineras por concepto de regalías. Estas oscilan entre el 1 y 3% del valor bruto de venta. Actualmente, está en discusión un aumento de este porcentaje.

Vemos, pues, que ya existen tres formas de contribuciones para las empresas mineras. ¿Por qué, entonces, el impuesto a las sobreganancias?

La argumentación de fondo es bastante simple: Las empresas mineras se diferencian de otras empresas en tanto negocian con materias primas. Estas materias primas son finitas (como todos los recursos naturales) y su comercialización es estandarizada.

En esto, las materias primas se diferencian de otros productos: Las características de un televisor o las de un reloj varían enormemente de acuerdo a la empresa productora y a la línea del producto. Una tonelada de cobre, en cambio, es una tonelada de cobre aquí y en la China. El incremento en las ganancias de empresas como Apple o Rolex puede ser explicado con sus capacidades de ofrecer productos únicos, elaborados con características especialmente codiciadas.

La bonanza económica de las empresas mineras, en cambio, no se debe a alguna innovación o la aplicación de una estrategia especialmente buena, sino simplemente a la variación entre la oferta y demanda a nivel global por un determinado mineral. En este sentido, podemos decir que las empresas mineras no son responsables por la multiplicación de sus ganancias en el mismo sentido en que otras empresas como Apple o Rolex sí lo son.

Además, y tratándose de recursos naturales que no son inventados ni fabricados, sino que yacen en el subsuelo de un determinado país y cuya extracción acarrea serios problemas ambientales, es común pensar que los habitantes de la zona deben ser partícipes o socios en la explotación de estos recursos.

Los argumentos anteriores indican que, en el caso de las empresas mineras (y todas aquellas que explotan recursos naturales), estamos frente a un modelo de negocios especial.

El impuesto a las sobreganancias se justifica, en parte, por esta excepcionalidad. Sus detractores argumentan que la legislación vigente es suficiente pues hace al Estado partícipe de mayores ganancias: Una empresa cuyas ganancias brutas se incrementan de 1000 a 2000 también paga el doble de Impuesto a la Renta (de 300 a 600).

Pero la lógica que sustenta al impuesto a las sobreganancias interpreta a este, literalmente, como un impuesto a las ganancias de sobra, aquellas que trascienden lo que se requiere para que un proyecto sea lo suficientemente rentable como para ser realizado. ¿Por qué una empresa que ya obtiene sólidas ganancias netas de 700 debería, bajo esta lógica, llevarse otros 700 adicionales sin mover un solo dedo para merecerlo?

Hay, por supuesto, otros puntos de visto que deben ser considerados a la hora de evaluar la implementación de este impuesto. Uno de ellos es la estabilidad tributaria. Muchas empresas mineras firmaron contratos en los que el Estado peruano se compromete a no modificar la legislación tributaria relevante.

Pero Humberto Campodónico, quizá el defensor más importante del impuesto a las sobreganancias, ha explicado que la estabilidad tributaria no constituye un obstáculo irremontable: Un eventual impuesto a las sobreganancias aplicaría, en primera instancia, a todas las concesiones posteriores a la promulgación de la ley (fuente: presione aquí).

Además, siempre está la posibilidad de renegociar los contratos con las empresas mineras. Estas últimas tienen un gran interés en mantener buenas relaciones con el Estado y la sociedad peruana con miras a futuras inversiones, lo cual puede llevar a concesiones importantes.

Hans Rothgiesser ha presentado otro argumento contra el impuesto a las sobreganancias:

Llevando la lógica al extremo, si la minera pagará un impuesto adicional por esa ganancia adicional no esperada que está recibiendo… ¿quiere eso decir que si la minera obtiene pérdidas no esperadas, el Estado las asumirá en parte? No estoy tan seguro de que esto último le convenga al país, porque introduce un incentivo perverso muy peligroso (fuente: Semana Económica).

No queda claro qué es lo que Rothgiesser entiende bajo “incentivo perverso muy peligroso”. Quizá quiera decir que, con este impuesto, las empresas mineras tratarán de maquillar sus balances para ocultar sus ganancias. Pero esto se podría evitar condicionando las ganancias a la variación en el precio de venta y regulando la aplicación de métodos contables, como la depreciación acelerada, que permiten incrementar las pérdidas en el balance financiero.

En el caso de pérdidas no esperadas que amenazan la rentabilidad del proyecto, la legislación tributaria podría ofrecer una especie de desimpuesto a las infraganancias, por ejemplo reduciendo el Impuesto a la Renta o las regalías en caso de que el precio de los metales caiga por debajo de un nivel determinado (muy inferior al nivel actual).

Defensores y detractores del impuesto a las sobreganancias seguirán discutiendo sobre el tema, probablemente por mucho tiempo más. En este artículo hemos tratado de esbozar los argumentos a favor y aquellos en contra. También hemos visto que la alternativa actual a este impuesto, el óbolo minero, tiene serias deficiencias al colocar la ejecución de proyectos en comisiones técnicas no estatales que carecen de legitimación democrática y que brillan, además, por su ineficiencia.

Países como Chile o Israel ya aplican el impuesto a la sobreganancia. ¿El Perú también lo debe hacer?

Por Bernd Krehoff

Imagen tomada de: http://www.livinginperu.com/

11 thoughts on “El impuesto a las sobreganancias mineras

  1. Las empresas mineras, por su experiencia, ya contaban con que la sobreganancia ocurra, por eso no lo colocaron en el contrato inicial. Perú también con su experiencia y los expertos que examinan el contrato, sabían que podía existir sobreganancia. Entonces ¿porqué no se incluyo esto en el contrato o contratos firmados con las empresas mineras?. Simple, sobornos y plata de coimas pasados bajo la mesa. Seria bueno recordar quienes firmaron estos contratos, en que gobiernos y sacarlos a la luz publica en estos momentos de elecciones para refrescarle la memoria al pueblo, de quienes son los causantes de estos actuales problemas.

  2. Bernd,

    algunas aclaraciones con respecto a tu texto.

    1. El término “incentivo perverso” es una expresión económica que se usa para describir una medida que se aplica con una buena intención, pero que termina teniendo un efecto negativo. En el caso del impuesto a las sobreganancias mineras yo argumento que se trataría de un incentivo perverso y que al largo plazo tendrá un impacto negativo.

    2. Que no se use el dinero que la minería aporta no es culpa de los mineros o del sector privado. Es culpa del sector público -en este caso, específicamente de los gobierno regionales- que no pueden conseguir que proyectos de inversión pública sean aprobados para su ejecución. No confundamos a la gente.

    3. El argumento que expones acerca de que las empresas mineras hacen negocio con materias primas finitas que son propiedad de los peruanos es correcto… para la explicación de la existencia de las regalías. Si quieres propón que se pague más regalía minera, podría ser. Pero no tendría mucho sentido usar ese argumento TAMBIEN para plantear una tasa diferenciada de impuesto a la renta. Son dos cosas distintas con dos justificaciones distintas.

    4. Es también un mito que el incremento en las ganancias de las mineras no tiene relación con una mayor inversión en tecnología y en nuevas operaciones. Claro, por supuesto que el salto en los precios es la razón principal, pero negar las fuertes inversiones que ha habido recientemente no es responsable para hacer un análisis de este asunto.

    5. Que el Estado defina cuánto es justo que una empresa reciba de ganancia es una terrible idea, proque el Estado no comparte el riesgo de la operación. Cuando el Estado comparta ese riesgo, podrá intervenir a tomar esa decisión. En ese sentido, si va a decidir cuánto es “demasiada ganancia” (cobrando más impuestos), lo lógico es que intervenga también cuando tiene “demasiada pérdida” (poniendo subsidios). Y eso es una pésima idea, porque genera un contexto en el que habrá incentivos a la corrupción y a que las empresas ya no se esfuercen en seguir invirtiendo en tecnología y en mejores procesos (que sí lo está haciendo, aunque no lo quieran aceptar algunos).

    Seguiría, pero hay un límite al c

  3. Estimado Hans:

    Muchas gracias por tu comentario y las aclaraciones del caso. Me parece que esta es una excelente oportunidad para discutir el tema.

    Aún no me queda claro a qué te refieres con “incentivo perverso”. Entiendo que se trata de un término económico usado para referirse a medidas con consecuencias negativas, pero ¿cuáles serían estas consecuencias negativas?

    De acuerdo: La innovación tecnológica contribuye a una explotación más eficiente, lo cual reduce los costos de extracción de las materias primas. Bajo condiciones normales de competitividad, esta reducción de costos debería llevar a una reducción de precios. Pero ha ocurrido todo lo contrario, lo cual, por supuesto, también se puede explicar con argumentos económicos.

    En todo caso, lo que he puesto en tela de discusión es la aplicación de un impuesto, el impuesto a las sobreganancias, el cual debe estar directamente vinculado a las variaciones del precio internacional de los metales (las ganancias que surjan de otros factores serían irrelevantes en esta propuesta).

    De acuerdo también con que las materias primas son, en cierto sentido, propiedad de los peruanos. Es por ello mismo que el Estado, como único representante legítimo de los peruanos, sí corre riesgos a la hora de otorgar concesiones mineras: El riesgo de que sus recursos se agoten (no sabemos con certeza cuántas reservas hay), el riesgo de daños ambientales, y el riesgo de que estos recursos no se aprovechen para el mayor beneficio de sus propietarios, es decir, de los peruanos. Es por ello mismo que el Estado tiene la obligación de preveer la eventualidad de cambios mayores (como lo son una drástica subida en los precios) y de definir los contratos de acuerdo a estas eventualidades.

    Nuevamente muchas gracias.

    Saludos,
    Bernd

  4. Incentivo Perverso: http://en.wikipedia.org/wiki/Perverse_incentive (solo hay en ingles)
    Ejemplo mas común de Incentivo Perverso: http://es.wikipedia.org/wiki/Tragedia_de_los_comunes (en castellano)
    http://en.wikipedia.org/wiki/Tragedy_of_the_commons (en ingles)

    En este caso el incentivo perverso seria (tal como lo comento en su blog) que las empresas no tendrían interés en ser mas eficientes.

    A propósito, cuando una empresa minera genera mas ganancias, no es tan simple como decir, es solo por que aumentaron los precios. Un kilo de cobre puede ser el mismo aqui y en la china, pero los costos de la extracción no son los mismos. Entre las diferentes minas del Perú los costos no son los mismos y tienen que ver con las características geológicas de la mina y con la cantidad de tecnología que se invierte en la extracción, que va de la mano con la eficiencia de la mina.
    Puede haber un argumento que las empresas mineras están pagando muy poco, puede ser que un impuesto a la renta mayor para las mineras tenga sentido, pero un impuesto a las sobreganancias implica que el estado debe decidir cuanto debe ganar una minera.
    Si una minera puede invertir en tecnología para ser mas eficiente y asi aumentar su ganancia, un impuesto a las sobreganancias puede generar un desincentivo a que se genere esta inversión. Si el impuesto es el mismo independientemente del nivel de ganancias, esto no ocurre.

    El negocio de extracción de minerales viene acompañado de alta volatilidad en los precios.
    Aqui podemos ver varios graficos sobre los precios históricos del cobre: http://www.kitcometals.com/charts/copper_historical_large.html
    De especial interés es la tabla sobre precios en los ultimos 5 años.
    Es caida brutal del precio, puede llevar a muchas minas a generar perdidas enormes en el plazo de pocos meses. Una mina mal manejada no guardará nada cuando haya “sobreganancias” y tendra que cerrar o generar perdidas (temporales) en caso haya una bajada muy fuerte de precios.

  5. realmente en esto etamos cagados. Por que solo somos un pais exportador de materia prima y nada de valor agregado…. que incapaces somos.. que tal manera de explotar la naturaleza . realmente qiue los giobernantes nunca pensaros en el bien del peru.. soloen si mismos… esperemos que esto cambie. por que la vedad esto no es ninguna mejora sustancial. Es ta mal administrado el pais.. y eso no es justicia. sin equidad…. Despertemos pues.. y no seamos cojudos y complices del remate de la patria. Y dejen de ser tan corruptos……Por que en la vida no todo es dinero. Esxistebn cosas mas elevadas que reconfortan como ser…

  6. debo considerar interesantes las conclusiones de ambas partes, me gustaria agregar una conclusion muy particular mia, sobre el incentivo perverso ya muchas veces mencionado, un aumento alas ganacias mineras no produciria tal efecto, porq ami humilde parecer, las mineras internacionales dificilmente actuan por concertacion, segundo, que toda minera q se aprecie, va a explotar y producir hasta en los confines del mundo, a marchas forzadas, como ya vienen haciendo, para alcanzar y beneficiarse de los altos precios q dominan el mercado, ellas saben es ahora el momento de producir y producir mas, ahi va su inversion en tegnologia, para acelerar sus procesos productivos de extraccion, traducido en la voracidad de extraccion del mineral, lo cual es parte del negocio y de la coyuntura actual, sus inversiones en tegnologia para mejorar su calidad de produccion, que por la naturaleza de la actividad, deberia reflejarse en la reduccion del impacto ambiental, a mi parecer son insuficientes.
    y eso, gracias

  7. Mi opinión acerca de el Impuesto a las Sobreganancias Mineras es un tanto más técnico que político, si es que lo vemos desde el punto de vista más real, puesto que para que se dé todo esto tiene primero el gobierno que realizar una Reforma Tributaria o crear alguna norma técnica especialmente para los impuestos a las mineras y sea algo estable o con el tiempo pueda ir modificandose de acuerdo a la realidad economica del pais.Opino que esto es un tema muy importante para el país en lo que se refiere al aspecto economico.Gracias.

  8. Bueno , actualmente me esncutro desarrollando una tesis descrptiva sobre el impuesto especial a la mineria yo quisiera saber si este impouesto es igual al impuesto a las sobreganacias mineras, porfavor necesito ayuda

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