JNE y TC: ¿cómo compatibilizarlos?

La exposición frente a la comisión de Constitución del Congreso desató la polémica que ahora observamos entre el Tribunal Constitucional y el Jurado Nacional de Elecciones. Ambos organismos apelan a la Constitución para sustentar sus posiciones sobre la revisión de los fallos de la máxima entidad electoral, el JNE.

Enrique Mendoza, presidente del JNE, sostuvo que la revisión de los fallos de este organismo es inconstitucional, porque la Carta Magna así lo plantea en sus artículos Nº 181 y 142. Además, de no modificarse el artículo quinto del Código Penal Constitucional, el TC no estaría en posición de resolver todas las acciones de amparo que se presentarían debido a la posibilidad de revisión de los fallos del JNE. Según Mendoza, la carga procesal sería tal –llegaría hasta 3600-, que se dificultaría enormemente la ejecución normal del cronograma electoral.

Asimismo planteó que el TC busca darle un carácter administrativo al JNE para disminuir su competencia. Mientras tanto, el JNE estaría apostando por evitar la burocratización de comicios.

Por otro lado, el titular del TC, Javier Alva Orlandini, sostuvo que no es posible que existan “islotes” sin control constitucional. Otros entes autónomos, según Alva Orlandini, también se someten al control del TC, por lo que no había razón para que la ciudadanía esté sujeta a los designios del JNE sin posibilidad de revisión. Alva Orlandini también aseguró que el TC se encuentra en condiciones para resolver todas las acciones de ampara que puedan ser presentadas sin afectar el cronograma electoral.

La polémica debe resolverse rápidamente para evitar afectar al cronograma electoral, que con la cantidad de autoridades por ser elegidas el próximo año, se encuentra ya bastante ajustado. Sin embargo, las opiniones al parecer están inclinando la balanza a favor del JNE. Ya serían 13 partidos los que apoyan la posición del JNE, incluyendo al Apra.

A su vez, la flamante Fiscal de la Nación, Adelaida Bolívar, sostuvo que la seguridad jurídica electoral estaría en grave riesgo de aprobarse la revisión de los fallos del JNE, estando tan próximos a un proceso electoral. Para Bolívar, la debilitación de las instituciones a sólo meses del 9 de abril sería un precio muy grande para pagar.

Más allá de las opiniones y espaldarazos a ambas instituciones, el problema es cómo conciliar ambas posiciones, especialmente tomando en cuenta lo ocurrido con la inscripción del ahora prófugo Alberto Fujimori en 1999. Como sostiene Fernando Tuesta, en este caso, tanto Mendoza como Alva Orlandini tienen la razón. La función del JNE podría terminar entrampándose con las acciones de amparo, pero al mismo tiempo no puede ser una isla sin control constitucional.

El problema radicaría en el diseño mismo del JNE, según Tuesta, que le obliga a ser juez y parte. El JNE cumple tanto funciones administrativas, como la inscripción de las fórmulas presidenciales, mientras es un tribunal electoral, es decir, cumple funciones jurisdiccionales. Es este diseño el que permitió la inscripción de Alberto Fujimori como candidato presidencial el 31 de diciembre de 1999, al resolverse ocho tachas, seis nulidades y tres solicitudes de improcedencia. La resolución del JNE no pudo ser revisada.

Tuesta propone como solución a la instancia única el traspasar la función de inscripción de candidaturas a la ONPE, mientras el JNE queda con sus funciones jurisdiccionales, como tribunal electoral. De esta forma, el TC obtendría las garantías que exige. Otras propuestas, como la del congresista Henry Pease, fueron que la revisión sólo sea posible por el TC, y no por otras instancias del Poder Judicial, o la posibilidad que las acciones de amparo tengan un plazo perentorio para ser resueltas.

Además, el JNE entregaría una propuesta legislativa para que aquellos que se consideren afectados por la resoluciones del JNE puedan presentar un recurso extraordinario. Este recurso extraordinario funcionaría como una tercera instancia al interior del JNE.

El “duelo de competencias” este lunes se resolvería en la comisión de Constitución. De no ser resuelto, el desarrollo del cronograma electoral, que ha ya sido modificado anteriormente ajustando aún más las fechas límite, se vería afectado seriamente.

Mariana Olcese

9 thoughts on “JNE y TC: ¿cómo compatibilizarlos?

  1. el ingiñiero alberto fujimori tienes decho para ser el candidato 2006 nosotros lucharfemos asta el final por el fujimori el viene por el honor para salvar el pueblo peruano gravcias

  2. sanbes que vanluchas por que no cisen mejor que vanaluchar para que no salga dela cana,sabes por que digo eso por que eseextranjero nadido en elmar, digo por no dicir donde , estaba vendiendo nuestro querido peruen pedazitos estaba regalando por pedazitos etc,etec, y es mas a sus hijos estaba bulbiendo accionistassabes conquepplata? con nuestra plata y ycon la plata quequebendiodenuestra empresas
    te aho una pregunta ¿ sabes cuantas empresa peruamashay en chile y cuentas empresaschilenas hay enperu? bueno date cuenta como chile no quiere extranjeros en su pais, ……….. y mas tu que crees que aria esefujimuri cuando termine de prevatizar? ha prevatizaria el aire y aria mas obras

  3. yo creo q el JNE si bien es reconocido como el maximo en cuestiones electorales, no puede escapar del control constitucional en casos de violacion de derechos como por ejemplo el caso Castillo Chirinos, si realizara su labor acorde a nuestra constitucion no tendria por q ser revisable en sede judicial. gracias

  4. YO FUIA AL PROGRAMA PRO JOBEN Y ME PIDIERON DOCUMENTOS Y CONSTANSIAS QUE DIGAN QUE SOY INDIGENTE PAR QUE ME CAPASITEN PAR UN PUESTO LABORAL ES ESO JUSTO OSEA QUE SI NO ESTOY QUE ME MUERO NO ME ASEN CASO O SOLO ELIJEN

  5. si bien es cierto el jurado nacional de elecciones cumple un papel muy importante al tomar deciciones, pero tambien la poblacion pide trasparencia al momento de pronunciarse, en casos de vacancia de alcaldes o cualquier otra autoridad.

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